[0:00]Hola, estudiantes. Una constitución política establece las reglas del juego en un sistema republicano. Los triunfadores de la batalla de Lircay establecerán las bases del sistema político chileno a través de la Constitución de 1833. que ha sido la que más tiempo ha estado vigente en el país. En esta clase en video analizaremos esta Constitución y el denominado orden autoritario. Espero que les guste.
[0:32]el triunfo del orden autoritario y este triunfo del orden autoritario viene después de esta crisis de 1829 donde se produce este enfrentamiento entre los conservadores, los liberales, según esta visión típica, y ganan los conservadores, y después de la batalla de Lircay. Entonces, por eso que la bajada del título dice, la Constitución de 1833, que va a ser clave para este triunfo del orden autoritario, y los decenios conservadores. Decenios, 10 años. La portada, la imagen que está al fondo, dice, portada de las partituras del Himno de Yungay, siglo 19. Este himno de Yungay tiene relación con un enfrentamiento bélico este periodo, que es la Guerra contra la Confederación Perú-Boliviana, que va a dar forma a este periodo. En buena medida se sostiene que mucho de la construcción del ideal de nación, de la chilenidad, por decirlo así, de este sentimiento de de pertenencia, mucho tiene que ver con esta guerra, entre otros procesos que se dan en el siglo XIX. Y la figura que está al medio ahí, al medio de la imagen es Manuel Bulnes, el general Bulnes, que va a ser presidente de Chile en uno de estos periodos de los decenios conservadores. En términos generales, los decenios conservadores son tres, esta denominada República conservadora o República autoritaria, es el periodo que va entre 1831 y 1861, con tres presidencias sucesivas de estilo conservador. José Joaquín Prieto, que es el triunfante de la Batalla de Lircay, Manuel Bulnes, posteriormente, y Manuel Montt. Estos son los tres presidentes del periodo. José Joaquín Prieto y Manuel Bulnes son militares, vienen de las filas del ejército, pero Manuel Montt no, Manuel Montt es civil. Vamos a ver que estos periodos tienen que ver con la Constitución de 1833, que establece que los periodos presidenciales duran cinco años y con la posibilidad de extenderse por otros cinco años. Y precisamente lo que va a ocurrir es que cada uno de estos gobiernos, el de José Joaquín Prieto, el de Manuel Bulnes y el de Manuel Montt, van a gobernar esos ese periodo extendido de 10 años. Lo que muestra que la maquinaria gubernamental, la maquinaria del gobierno para controlar las elecciones era muy fuerte. Entonces, casi que se sabía que si la Constitución decía que podía estar dos gobiernos, iba a estar dos gobiernos. Y también el candidato siguiente o el presidente siguiente en buena medida había sido dejado por el presidente anterior, o sea, José Joaquín Prieto al que quería que fuera presidente, era Manuel Bulnes y fue Manuel Bulnes presidente. Y Manuel Bulnes con Manuel Montt. Al inicio del periodo de Montt, eso lo vamos a ir más adelante, un pequeño, digamos, levantamiento que se conoce como una revolución liberal que hubo ahí, y también al final del periodo. De hecho, Manuel Montt quería que el siguiente presidente fuera un amigo suyo, Antonio Varas, pero finalmente ahí ya se rompe esta lógica y vamos a ver que estos gobiernos conservadores van a dar paso a a a presidentes de otro estilo político. Entonces, los gobiernos conservadores, estos tres presidentes: José Joaquín Prieto, Manuel Bulnes y Manuel Montt. Pero antes de hablar de los decenios conservadores en más en profundidad y entender los procesos del periodo, vamos a hablar de lo que da la base a este orden autoritario que se establece, que es la denominada Constitución de 1833. Hablamos ya de los ensayos constitucionales del periodo anterior, 23, 26, 28 y ahora 33. Entonces, tras la batalla del Lircay, rápidamente se recompusieron estos consensos al interior de la oligarquía de la élite, que había estado este riesgo de que se rompiera este consenso, pero se soluciona. Y probablemente, a nivel de los historiadores del siglo XIX, que que se refieren a este periodo, uno de los consensos que también hay a nivel a nivel de historiadores es que estamos hablando de que en el siglo XIX, es un periodo donde Chile logra cierta estabilidad política. Y esa estabilidad política se da por ciertos elementos: elecciones periódicas, respeto a la ley, debate público, entre otras cosas. Una de las características de este periodo es esto. Esto no deja de lado eh discusiones en torno de quiénes eran los que participaban, cuántos podían votar y ese tipo de cosas. Eso es otro tema, pero se plantea que este es un periodo de cierta estabilidad, con elecciones periódicas para las elecciones presidenciales, elecciones del Congreso, hay un respeto a la ley y también debate público, que va a ir surgiendo. Porque uno dice, bueno, después de la batalla del Lircay, hay muchos liberales que son expulsados, hay algunos que dicen ya nos quedamos, entendemos, perdimos y seguimos en esto. Pero se va a ir con el paso del tiempo, en la medida en que la situación se va calmando, va a ir surgiendo un debate político. Probablemente, inmediatamente después de la batalla del Lircay, no había muchos debates políticos, porque había unos ganadores y unos perdedores, pero con el paso del tiempo se va calmando un poco la situación y resurge el debate político. Pero el asunto es que lo que permite entender la existencia de de esta estabilidad, en buena medida es la Constitución del 33. Por qué razón? Porque una de las primeras cosas que José Joaquín Prieto establece, eh una de las primeras misiones que él toma como presidente es crear una nueva Carta Constitucional, una nueva institucionalidad, una nueva reglas del juego, por decirlo así. Entonces, se convoca una comisión constituyente para dar base legal, para establecer en la práctica lo que se buscaba. Se acuerdan que había un ideal que se quería lograr que estaban en esas palabras de Diego Portales, que había que lograr un gobierno fuerte, un gobierno centralizador, en el fondo para lograr orden. Entonces, ese ideal de orden es el que se plasma en buena medida la Constitución del 33, que es la Constitución que más tiempo estuvo vigente. Porque si bien tuvo reformas importantes durante la segunda mitad del siglo XIX, la Constitución del 33 estuvo vigente hasta 1925, cuando surge una nueva Constitución. La del 25 es la que después estuvo más tiempo en vigor y finalmente la actual que es la del 80 con con modificaciones del 2005. Entonces, Constitución de 1833. Este recuadro que aparece a mano izquierda, fíjense cuáles eran las características de esta Constitución del 33, que nos permiten decir que busca establecer el ideal del orden para dar esta estabilidad política al país. Fíjense arriba, dice, aspectos generales, Estado unitario, dirigido por una autoridad central. Se gobierna desde la capital, entonces esto ya está establecido en la Constitución del 33, aunque el Estado unitario también era algo de la Constitución del 28. Insisto, hay ciertas características que son típicas de la Constitución del 33, hay ciertos elementos que son esta base autoritaria, pero hay muchos, muchos postulados de la Constitución del 33 que vienen de la del 28. No es que esto se haga de la nada, desde cero, ojo con eso, dice sufragio censitario. Si nos vamos a nuestra amiga la Real Academia Española, y si pinchamos aquí en democracia censitaria, dice, que restringe el derecho de voto al censo de contribuyentes de un cierto nivel patrimonial. O sea, hay que tener cierto dinero para poder votar, hay que acreditar cierta renta. Entonces, fíjense, esta enciclopedia que ya he mencionado en otras oportunidades dice, el carácter aristocrático del régimen se vio reflejado en las disposiciones electorales. Se limitó la posibilidad de voto a los ciudadanos activos, hombres alfabetizados, o sea, sabe leer, con más de 21 años, 25 si eran solteros, o sea, si era casado era menos. Que contasen con propiedades, capital comercial o por lo menos un salario, por lo menos un sueldo.
[8:08]Y aquí después explica que la una ley electoral de 1833 estableció que variaba según el lugar de Chile donde estuviera. Por qué razón? Porque dice, en Santiago se requería de una propiedad de 1.000 pesos, un capital comercial de 2.000 pesos o un salario anual de 200 pesos, pero en los sectores más pobres de Valdivia y Chiloé, esas cifras serán 300, 500 y 60 pesos. Y además, también esta Constitución hablaba de electores, la votación no era directa, era por electores que elegían un presidente. Siguiente característica: la religión católica como oficial del Estado, con la prohibición del ejercicio público de cualquier otra. Uno podría decir, sí, esto es el carácter conservador de la Constitución, esto es algo típico de la Constitución del 33. Fíjense en esto, Constitución del 28, mantuvo la religión católica como oficial del Estado, pero dejó espacio a la práctica de otros cultos en privado. La Constitución del 28, como está escrito, dice, la religión católica es la oficial y hay libertad de culto privado. Pero si lo piensan, es lo mismo, ¿no? La del 28 dice, religión católica oficial, libertad de culto privado. Entonces, no puedo públicamente tener otra religión y la del 33 dice, religión católica oficial y no puedo ejercer en público otra. Pero si no la puedo ejercer en público, la puedo ejercer en privado, se fijan que es lo mismo, ¿no? Esto está escrito como para que parezca que una es muy liberal y la otra es muy conservadora, pero en el fondo ambas tienen el mismo precepto, religión católica oficial. Solamente esa es oficial en ejercicio público, no puedo hacer profesión pública de otra religión, pero sí de forma privada. De hecho, muchos plantean que en el fondo la Constitución del 33 es una reforma a la Constitución del 28, porque recuerden que era una buena Constitución la del 28, solamente que le faltaban algunos puntos. Pero aquí viene la diferencia, porque en el fondo la Constitución del 33 tiene ciertas características particulares, y aquí vienen, fíjense, dice, Poder Ejecutivo, duraba 5 años en el cargo con posibilidad de reelección. O sea, 5 años más, todos se reeligieron, todos. El presidente puede nombrar ministros y otros funcionarios, dirige los procesos electorales, interviene en la elección de jueces. Acuérdense esto de la separación del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial que hablábamos antes, que separados, pero el presidente puede intervenir en la elección de jueces. Tiene facultades extraordinarias, aquí está probablemente la principal característica que reafirma una presidencia fuerte de parte de la Constitución del 33 y que es una diferencia con la del 28. Porque la del 28 no le daba estas atribuciones, el estado de sitio y el derecho de veto sobre las leyes creadas en el Congreso. Estas facultades extraordinarias son en la práctica cómo se establecía este ideal de orden. Que dice acá, como todos estos poderes no fueran suficientes, el Ejecutivo podía recibir extensas facultades extraordinarias e incluso cuando los parlamentarios estaban en receso, era posible que el presidente y el Consejo de Estado decretasen estados de sitio en provincias específicas. Todas las libertades civiles quedaban suspendidas con una sola limitante: las personas solo podían ser arrestadas o confinadas dentro del país. Entonces, ahí está el carácter autoritario de esta Constitución, y de hecho, Jocelyn Holt dice, parte de la razón que explica la enorme estabilidad institucional que caracteriza el periodo 1830-1860, radica en el hecho de que la Constitución le otorgaba amplias facultades al presidente de la República. Y aquí dice que entre mayo del 33, cuando entra en vigencia, y en septiembre del 61, o sea, en todo este periodo en que funcionó la Constitución del 33, se decretó el estado de sitio en tres oportunidades: 1840, 1846 y 1858. Y operaron las facultades extraordinarias el 33, el 36, el 37, el 38, el 51, 53 y entre el 59 y el 61. O sea, estas facultades extraordinarias que tenía el Presidente se utilizaron y mucho. Y como si fuera poco, comandaba las Fuerzas Armadas y dirigía el patronato sobre la Iglesia. El derecho a patronato, patrón, pater, padre, tenía que ver con cómo se entendía que dentro del país el presidente o el Poder Ejecutivo tenía autoridad sobre la Iglesia. Entonces, no es que la Iglesia se mandara sola y que dependiera solo del Papa, sino que dentro del país había cierta autoridad, y esto va a traer temas después más adelante, pero eso con el Poder Ejecutivo, Poder Ejecutivo fuerte, con atribuciones, y eso es la principal diferencia con la Constitución del 28.
[13:20]¿Qué más? Poder Legislativo, está compuesto por dos cámaras y son las que elaboran las leyes, eso es lo que hace el Poder Legislativo. Puede interpelar a los ministros, estas interpelaciones que cada vez son más comunes y ocurren en todos los gobiernos, la Constitución del 33 ya lo establecía, aprobar leyes periódicas. Ojo con eso, como el periódico que sale todos los días, una ley periódica tiene que votarse comúnmente, no es que se se apruebe una vez y eso funciona para siempre. Y esas leyes periódicas eran el presupuesto que tenía que ser aprobado cada año, los impuestos y el mando militar que se votaban cada 18 meses. Esto lo podía hacer el Poder Legislativo y de hecho esa enciclopedia que tengo por acá con respecto a esas leyes periódicas del Poder Legislativo, dice, en teoría, los poderes del Congreso no eran despreciables. En el papel, una mayoría hostil podía negar fondos al gobierno, pero dada la intervención electoral, las mayorías hostiles fueron inusuales. Entonces, si había una mayoría hostil a un presidente de la República, se supone que podía negar los fondos con estas leyes periódicas, y eso podía generar cierta cierta crisis. Pero como había intervención electoral y generalmente el Senado, las cámaras se componían por personas que el poder ejecutivo quería, esto no pasaba, pero va a pasar después. Y cuando se hable de la Guerra Civil de 1891, con Balmaceda y la Guerra Civil que se produce ahí, tiene mucho que ver con esto de las leyes periódicas, pero que aquí no es tema, todavía no es tema, después lo va a hacer. Finalmente, texto de Jocelyn Holt que lo hemos utilizado bastante en estas clases, la Independencia de Chile, dice, la cúpula dirigente liderada por Portales se propone antes que nada dar prioridad al problema del orden. Se restablece el expediente dictatorial, pero asentándolo en una base legal autoritaria, la Constitución de 1833, reforzando al Ejecutivo con instrumentos de excepción extraordinariamente eficaces. Se pone fin a un periodo de ensayo y error en búsqueda de una fórmula gubernamental sólida, iniciado inmediatamente después de la Independencia. O sea, se acaba el ensayo y error, ya paramos con esto, una base legal, la Constitución del 33, que le da amplios poderes al Poder Ejecutivo.
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