[0:03]Vamos a ver en este capítulo cómo se hace el cálculo de los tributos aduaneros, siendo estos los impuestos que se derivan de la importación de la mercancía al país. Aquí hago una aclaración y me detengo en lo siguiente: cuando vamos a realizar importaciones bajo tráfico postal, que es la modalidad que nos permite traer mercancías sin el pago de impuestos, hasta 200 dólares y cumpliendo con las cuotas, no debemos realizar este cálculo. Pero si ese monto se sobrepasa, es decir, si vamos a traer mercancías superior a los 200 dólares, más de seis unidades o artículos de la misma clase, que superen los 50 kilos y 1.50 metros en cualquiera de sus dimensiones, tenemos que hacer el pago de los tributos aduaneros correspondientes de acuerdo a la clasificación arancelaria de cada producto. Lo mismo sucede en las importaciones ordinarias. En este caso, hay que pagar tributos aduaneros y esos tributos aduaneros se componen del arancel y del impuesto al valor agregado, que es un impuesto nacional. Estos se derivan y dependen de la mercancía que se esté trayendo. ¿Cómo es la forma de calcularlos y de hacer un precosteo antes de traer la mercancía a Colombia? Primero debemos detenernos y entender que esos tributos aduaneros se dan para cualquier producto. Importante: estos se deben determinar de acuerdo a una base gravable que está impuesta o que está determinada por el valor en aduana. El valor en aduana entonces se determina en términos CIF: costo, seguro, flete y otros gastos de la mercancía. Básicamente, el valor en aduana, como está determinado aquí, se calcula en el momento mismo en que la mercancía ingresa al país y se deben tomar los siguientes ítems. Primero, costo de la mercancía, el valor en el cual se compró la mercancía en el exterior. A este costo debo sumarle el flete internacional o el transporte internacional, más seguro de la mercancía. Importante, así no se asegure la carga, así ustedes hayan comprado esa mercancía sin ninguna póliza, hay que sumar y cotizar ese seguro. Porque ese es necesario para la base gravable sobre la cual se van a calcular los tributos. Y debo sumarle otros gastos. ¿Cuáles son esos otros gastos o hasta dónde llegan? Llegan hasta el lugar principal por donde ingresa la mercancía y donde se desembarca la mercancía aquí en Colombia. ¿Qué gastos pueden ir ahí? Por ejemplo, liberación de documento de transporte, emisión del documento de transporte en destino, envío del documento de transporte, entre otros. La suma de estos cuatro conceptos, lo repito, costo de la mercancía, transporte internacional, seguro y otros gastos, me da como valor el valor en aduana o el valor CIF. Importante, este valor CIF es diferente al de los Incoterms. Este valor CIF es una medición que me permite y que le permite a los países determinar esa base gravable para el cálculo de los impuestos para las importaciones. Lo mismo que tenemos para las exportaciones el valor FOB, que este valor FOB es diferente al Incoterm y básicamente este valor lo que hace es medir el valor de la mercancía que se va a exportar puesta en un lugar de embarque sin importar el medio de transporte principal a utilizar. De este modo, si ya sabemos cuáles son los valores que se toman para el pago de los tributos aduaneros, ya es más posible y más fácil calcular y hacer un precosteo de cuánto nos va a valer los impuestos para ese producto y luego le sumamos todo el costo y determinamos el valor total de ese producto a importar. Entonces, vamos a revisar cómo es el proceso para calcular esos impuestos. Primero hay que calcular el valor en aduana. ¿Cómo se calcula ese valor en aduana? Puedo tomar el valor FOB de la mercancía, a ese valor FOB le sumo seguro internacional, flete internacional y otros gastos. Debo tener en cuenta la tasa de cambio, que sería el valor de la moneda nacional frente a otras divisas, por ejemplo, si yo estoy comprando en dólares, debo hacer la conversión con la tasa de cambio a pesos colombianos. Luego, calculo el arancel, que básicamente el arancel depende de esa clasificación arancelaria que yo determiné para la mercancía. Luego debo calcular la base para el IVA y el IVA, básicamente, es ese impuesto nacional que también me lo determina esa clasificación arancelaria. Entonces, algunos elementos que debo tener en cuenta: conversiones monetarias. Primero, el valor en aduana se debe determinar en dólares de los Estados Unidos. Si nosotros compramos en cualquier moneda diferente, por ejemplo, en euros, en yuanes, en yenes, o en cualquier otra moneda, debo hacer la conversión a dólares de los Estados Unidos. Y de dólares de los Estados Unidos lo cambio a pesos colombianos con la TRM del último día hábil de la semana inmediatamente anterior. Por ejemplo, si yo hoy voy a calcular el pago de tributos de una importación, debo tomar la la TRM del último día hábil de la semana inmediatamente anterior, es decir, del día viernes. Bueno, ¿qué más debo tener en cuenta? La base gravable, que básicamente es el valor en aduana sobre los costos que les acabo de mencionar, esos cuatro costos sobre los cuales se calcula el arancel y el IVA. Y también debo tener en cuenta que el pago de los tributos aduaneros se debe realizar en las entidades bancarias autorizadas por la DIAN, y que cuando lo vaya a realizar, cuando esté calculando los impuestos, debo aproximarlas a la cifra de 1000 más cercanos. Entonces, aquí tenemos una formulita para calcularlos. Enseguida vamos a hacer un ejemplo para entenderlo de manera más práctica. Entonces, primero, calculo el valor en aduana o el valor CIF en dólares, lo multiplico por la TRM y eso me va a dar el valor en aduana en pesos colombianos. Luego, lo que hago es, tomo el valor en aduana, lo multiplico por el arancel, después de haber clasificado la mercancía, multiplico por el arancel y me da el valor del arancel. Luego, lo que hago es, tomo el valor en aduana más el valor del arancel y y eso me da la base para el IVA. Luego, esa base para para el IVA, lo multiplico por el porcentaje del IVA de acuerdo a la clasificación arancelaria y me da el valor del IVA. Ya lo que hago es sumo el valor del arancel más el valor del IVA y eso me dan los tributos aduaneros. Ya lo vamos a ver en un ejercicio.
[7:18]Entonces, sigamos con el ejercicio. Se van a importar de la India 300 monopatinés con un valor FOB unitario de US$ 35, valor del flete US$ 4500, seguro US$ 89.98, otros gastos US$ 50. Debemos determinar primero la posición arancelaria para saber cuál es el arancel y cuál es el IVA. La TRM es de 3,729.02. Esto es simplemente por el ejercicio, pero en ese caso que no la tuviéramos, debemos ir a la que nos muestra la Superintendencia Financiera, que sería la del último día hábil inmediatamente anterior al momento en que yo lo esté calculando. Entonces nos vamos a ir para la página de la DIAN y vamos a determinar la posición arancelaria. Entonces vamos a revisar rápidamente la clasificación arancelaria para los monopatinés. Entonces, recordemos, nos vamos a la página de la DIAN, bajamos, servicios a la ciudadanía, consulta arancel. Aquí voy a estructura de nomenclatura y tengo las 21 secciones. El caso de los monopatinés, esto es mercancía y productos diversos. Así como vimos en algún momento el de los rompecabezas, en este caso está en juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte, sus partes y accesorios. Aquí entonces tenemos triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas, coches, sillas de ruedas para muñecas o muñecos.
[9:04]Entonces, tenemos la 9503, 00, 10, 00. Voy al perfil, voy a importaciones, vamos a ver el gravamen.
[9:21]Me dice que es el 15%. Y vamos a ver el IVA.
[9:30]Me dice, me habla de dos, me dice, IVA excluido únicamente monopatinés y patinetas de hasta 50 UVT, Art. 1 Num. 17. Monopatines y patinetas cuyo valor exceda de 50 UVT, Art. 9 Ley 2010 del 2019, 19.0%. Voy a ir para el ejercicio. Ya lo tengo en un Excel. Voy a tomar aquí el pantallazo de la posición arancelaria para tener toda la información. Y entonces, tengo todos los datos. Me dicen que el arancel es del 15% y que el IVA está excluido si las patinetas valen hasta 50 UVT. ¿Qué es una UVT? Una unidad de valor tributario, que me permite determinar, por ejemplo, estos valores y aplicar en caso de que haya un impuesto o no. Voy a devolverme al ejercicio, voy a revisar si esa mercancía equivale a a pagar ese arancel o no. Entonces, aquí importante determinar que cada UVT en Colombia para el año 2021 vale 36,308 pesos. Entonces lo que yo hago es que multiplico 50 UVT por 36,308. Eso me dice que cada monopatin puede llegar hasta el valor de 1,815,400. Si es igual o inferior a ese valor está exento, pero si es mayor a ese valor, entonces paga el 19%. Entonces, aquí me dice que cada monopatín vale 35 dólares. Entonces, 35 dólares y lo vamos a multiplicar. 35 dólares por lo que vale la TRM. Eso nos dice que cada uno de esos monopatinés vale 130,515.7 pesos. Es decir, que aquí haciendo la comparación de los 50 UVT con lo que vale cada uno realmente no supera ese valor, por lo tanto no hay lugar al pago de IVA. Entonces, simplemente lo dejo en cero. Ahora bien, ya tengo identificada la clasificación arancelaria, ya sé cuál es el arancel, cuál es el IVA. Entonces, procedo a calcular el valor en aduana. Entonces, aquí valor en aduana, pongámoslo en dólares. Cuál es el valor en aduana, yo tengo que sumar el valor FOB que procede. Ah, bueno, ya lo tenía calculado. Procede de la siguiente manera, me dicen que voy a traer 300 monopatinés. 300 monopatinés y que cada uno de ellos tiene un valor de 35 dólares, entonces, multiplico 300 por 35 dólares, eso me da 10,500 dólares, valor total FOB. Entonces, valor en aduana es igual al valor FOB total, es decir, todo lo que vale la mercancía, más el seguro, que son 89.98 dólares, más el flete, 4,500 dólares, más otros gastos. Eso me da un valor total en aduana de 15,140 dólares. Lo que debo hacer es convertir esta esta cifra a pesos colombianos. Entonces, valor en aduana pesos, vamos a ponerlo en COP. Entonces, tomo 15,140 por la TRM 3,729. Eso me da una cifra de 56,457,288. Luego procedo a calcular el arancel.
[13:20]Cuánto me da el arancel, me dicen que para esta clasificación es del 15%. Entonces, tomo el valor en aduana por el 15%. Eso me da una cifra de 8,468,593. Aquí hay que realizar un paso adicional y es que esta cifra se debe aproximar a la cifra de 1000 más cercana. Es decir, 8,468,593, lo debo aproximar a la cifra de 1000 más cercana porque así lo estipula la DIAN. Entonces lo que yo hago es que 8,468,593, como estos 593 superan los 500 pesos, yo lo aproximó a la cifra hacia arriba. Si estuviera en estos 500, en vez de 500 hubiese un 493, yo lo aproximó a la cifra hacia abajo. Entonces, me quedaría en 8,469,000 pesos. Y prosigo a calcular la base para el IVA. Cómo me da la base para el IVA? Sumo el valor en aduana más lo que me acaba de dar en el arancel aproximado. Eso me da un valor de 64,926,000 y luego procedo a calcular el IVA, que el IVA en este caso me dio cero.
[14:45]Entonces, simplemente, bueno, simplemente aquí sería este por el IVA, pero como me dio cero, entonces realmente cero. Aquí entonces, los tributos aduaneros serían iguales a el arancel más el IVA, que aunque en este caso es cero, pero simplemente lo voy a tomar como por para ver el ejercicio, porque así se aplicaría con los demás casos. Entonces, en este ejercicio nos daría a pagar por tributos aduaneros 8,469,000 pesos. Ahora, ¿cómo hago yo para sumar el total de esta importación y calcular el valor unitario? Entonces, aquí lo que yo hago es que sumo total de la importación. Lo que voy a hacer es que yo ya tengo el valor en aduana, que es el mismo valor de la mercancía, son 56 millones. Este sería el valor en aduana. Le sumo los impuestos, que son los que acabo de calcular. Entonces, le sumo 8,469,000 pesos. Hago la sumatoria. Eso me da 64,926,288. Total. Y ya lo que hago es que tomo esta cantidad para calcular el precio unitario. Entonces, tomo 64,926,000 dividido 300 monopatinés. Eso me da que cada uno, después de pagar impuestos, me queda en 216,420 pesos. ¿Qué significa? Que hasta ahí ya tengo el valor de esos monopatinés después de calcular los impuestos. Que le sumaría a este valor para tener el valor total de la importación. Ya serían los gastos internos en Colombia. Cuáles son, por ejemplo, transporte hasta la fábrica o hasta el almacén, los costos de la agencia de aduana, los costos bancarios, manipulación en puerto o aeropuerto.
[17:09]Y pongámosle costos administrativos y ya luego el margen de utilidad. Esos serían los costos que me tocaría sumarle a este valor para hallar el valor total de esa mercancía y tener el precio de comercialización. Entonces, ese es el proceso que se realiza una vez hayamos calculado los impuestos. Vamos a volver nuevamente a la presentación y vamos a repasar con dos casos adicionales. Entonces, tenemos el caso número uno. Se va a importar de la China 294 paneles solares (celdas fotovoltaicas) con los siguientes costos: Valor FOB 15,023 dólares, flete internacional 2,407 dólares, seguro 23 dólares, otros gastos 10 dólares. La TRM es la misma para el ejercicio, 3,729.02 pesos. Y aquí nos solicitan hallar la posición arancelaria, arancel e IVA y determinar los tributos aduaneros a pagar y verificar vistos buenos. Segundo ejercicio, se tienen los siguientes valores para la importación de acumuladores eléctricos (de gel) de la China, los cuales tienen los siguientes valores: FOB 36,869 dólares, flete internacional 5,853 dólares y seguro 124.89 centavos de dólar. Entonces vamos a proceder a calcularlos. Nos vamos a ir para el Excel. Para revisar cuáles son los valores que tenemos que determinar. Entonces, vámonos con el primer ejercicio. Se van a importar de la China 294 paneles solares. Lo primero que debemos hacer entonces es hacer la clasificación de la mercancía. Para ello, nos vamos a remitir entonces nuevamente a la página de la DIAN. Aquí no voy a hacer todo el proceso de devolverme y mostrarles en la página de la DIAN cómo se busca, sino que simplemente voy a entrar a estructura de nomenclatura. Y me voy a ir a la sección. Nos vamos para la sección número 16, donde están los paneles solares. Clasificados por máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes. También está aquí en aparatos, material eléctrico.
[21:34]Y aquí nos vamos a ir por acumuladores eléctricos, 8507. Y aquí vamos a ver los de gel. Entonces, estos son de plomo, de plomo, de níquel, cadmio, de níquel, hierro, iones. No, ninguno de los anteriores. Entonces, nos vamos por los demás acumuladores. Ingresamos al perfil. Importaciones. Nos dice que el gravamen es cero. Y que el IVA. El IVA dice: los demás acumuladores no destinados a vehículos eléctricos, híbridos e híbridos enchufables, motocicletas eléctricas y bicicletas eléctricas, 19.0%. Las demás acumuladores para vehículos eléctricos, híbridos e híbridos enchufables, motocicletas eléctricas y bicicletas eléctricas, 5.0%. En este caso, son estos los demás acumuladores. Entonces, aquí si hay que calcular el 19% de IVA. Arancel, 0%. Entonces, vamos a proceder para este ejercicio. Vamos a hacer el cálculo. Primero, del valor en aduana en dólares. Entonces, sumamos el FOB más seguro más el flete. Aquí no tenemos otros gastos. Entonces, simplemente sumamos el costo de la mercancía que lo tenemos en FOB, el seguro internacional y el flete. Luego vamos a calcular el valor en aduana en pesos. Y lo que hacemos es, multiplicamos el valor que tenemos en dólares por la TRM que tenemos para el ejercicio. Eso nos dice que el valor en aduana es de 159,031,106 pesos. Aquí seguiría el cálculo del arancel. Que básicamente sería el valor en aduana por el porcentaje del arancel. En este caso, como no tenemos, nos da cero. Luego tenemos que la base para el IVA es igual al valor en aduana más el arancel, pero en este caso es cero. Entonces, nos da el mismo valor en aduana. Y nos dice que el IVA es igual a la base para el IVA por el valor que está acá. Y eso nos dice que los tributos aduaneros son iguales a 30,215,909. Aquí también tenemos que hacer el ejercicio de aproximar a la cifra de 1000 más cercana.
[24:16]Por lo tanto, el valor a cancelar serían 30,216,000 pesos, siendo este el valor. El valor del IVA, porque recordemos que el arancel fue cero. Entonces, ahí tenemos la forma de calcular los tributos aduaneros. Si quisiéramos determinar el valor total de la importación, entonces, sumamos el valor en aduana, que sería este, y los impuestos, que serían 30,216,000. Hacemos la sumatoria total y eso nos da que la mercancía con impuestos hasta el valor en aduana, tienen un costo de 189,247,106 pesos.
[25:08]Y a partir de ahí, entonces, ya tenemos que sumarle los otros costos después de que salga esa mercancía de la aduana, es decir, el transporte nacional desde esa zona primaria hasta la fábrica donde se va a hacer la comercialización de la mercancía. Con esto entonces, cierro esta parte del cálculo de los tributos. Si quedan dudas, preguntas o inquietudes, no duden dejarla en los comentarios, que ahí les estaré resolviendo y dando respuesta a sus inquietudes.



