Thumbnail for 🚨 NO COMETAS ESTE ERROR COMO ABOGADO LABORALISTA 🚨 Sino vas a cobrar en 6 o 12 Cuotas. by Soy Jurista

🚨 NO COMETAS ESTE ERROR COMO ABOGADO LABORALISTA 🚨 Sino vas a cobrar en 6 o 12 Cuotas.

Soy Jurista

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[0:00]para todo jurista, para todo, porque si sos abogado, si ejerces en la Argentina, necesitas escuchar esto. Porque hay un error que están cometiendo abogados en todo el país, en toda la Argentina. ¿Por qué? Porque se modificó el artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo, que esto se aplica en todo el país, en todos los juicios. Incluso están pidiendo que se aplique en los juicios en trámite, no son los juicios nuevos, de acuerdo a la ley de "modernización", como es una norma procesal, quieren que se aplique en todos los juicios en trámite. ¿Y qué dice esta esta ley? Dice que las sentencias judiciales condenatorias de personas humanas y/o jurídicas podrán ser canceladas hasta en un plazo máximo de seis cuotas o 12 cuotas, dependiendo si se trata de una grande o pequeña empresa. Pero la vida te da problemas y soy jurista. Soluciones. Cuando leemos esta norma, lo primero que nos brota es, esta norma debe ser inconstitucional porque está violando un montón de derechos y garantías constitucionales como dijo la Corte en el fallo "Millone" CSJN 2004. Pero hay una interpretación muy interesante que es: ¿Por qué no decimos que esta decisión de pagar en 12 o 6 cuotas las sentencias laborales de todo el país es del trabajador, es del dueño del crédito? ¿Y por qué no lo fundamentamos desde el punto de vista del Código Civil? Esto lo expliqué en un vivo hace poco con la doctora Favier, porque una sentencia de Córdoba ya hizo esto y hoy acabo de preparar un modelo de escrito que ustedes, que son miembros de la Academia de Juristas, ya se pueden descargar. Este modelo escrito no solo plantea que esto es inconstitucional, sino que va un paso para atrás y dice señor juez, el trabajador, el dueño del crédito, es el único que puede decidir si se puede pagar en cuotas o no, y subsidiariamente, en el hipotético caso que el juez entienda que esto no es así, ahí sí se pide la inconstitucionalidad. Y esto respecto al crédito a favor del trabajador y respecto a los honorarios, ya te puedes bajar este planteo, son 15 páginas y lo puedes copiar y pegar en tus demandas activas o en las demandas futuras. También hay dos fallos, uno de Córdoba que hace esto que acabo de decir y uno de la Justicia Nacional de Trabajo que declara inconstitucional este artículo y un artículo de doctrina muy bueno de la doctora Favier, está citado en estos argumentos legales. Porque la vida te da problemas y soy jurista, te da soluciones. Comenta la palabra "ACADEMIA" si quieres sumarte a mi comunidad, son clases semanales casi todos los martes del año, acceso a la biblioteca de juristas que tiene un montonazo de modelos de escritos, un montonazo de jurisprudencia, acceso a la calculadora laboral inteligente, al actualizador de créditos y me ayudás a que siga creando contenido como este. Muchas gracias por el apoyo, jurista.

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